Cada año mueren en España 50.000 personas por enfermedades relacionadas con
el consumo de tabaco. El coste económico y social que esto suponen ha llevado a
gobiernos y sociedad a afilar las armas para combatir un enemigo aparentemente
inofensivo y fuertemente enraizado en el subconsciente colectivo.
Para facilitar la lucha contra esta plaga del nuestros días, el actual
Ejecutivo ha presentado un anteproyecto de ley que prevé sanciones de hasta 600
euros a los fumadores que incumplan la normativa antitabaco. Esta medida se
aplicaría si el fumador en cuestión encendiera su pitillo o pipa en los lugares
en los que exista prohibición total de fumar, como en centros de trabajo,
sanitarios, docentes y medios de transporte, entre otros. En el caso de tratarse
de un menor de edad, el anteproyecto entiende que los padres o tutores del
infractor pagarían solidariamente la multa o bien se establecerían medidas
reeducadoras.
La infracción del fumador se considera leve y la reincidencia no es punible,
sin embargo, el baremo del anteproyecto de ley contempla la existencia de
infracciones graves, como las derivadas de vender o entregar a menores de 18
años productos que imiten productos de tabaco o induzcan a fumar, la venta de
cigarrillos y cigarritos por unidades individuales o el emplazamiento de
máquinas expendedoras en el exterior de locales o áreas anexas de los mismos.
Este tipo de infracciones podrían ser multadas con sumas que van de los 601 a
los 10.000 euros.
Pero las sanciones más altas –que pueden llegar al millón de euros-
corresponden a las infracciones estipuladas como 'muy graves', dentro de las
cuales se encuentran, fundamentalmente, aquellas actividades destinadas a la
entrega, venta o promoción de productos de tabaco a menores de 18 años.
El objetivo del Gobierno es que la ley entre en vigor el 1 de enero de 2006.
La vigilancia del cumplimiento de la misma corresponderá a los órganos
competentes de cada comunidad autónoma, que podrán actuar 'de oficio o a
instancia de parte'. La excepción a esta labor de control serán las infracciones
cometidas a través de los medios de comunicación a nivel estatal, caso en el que
actuará el Ministerio de Industria.
La única excepción prevista por la ley es el ámbito carcelario, donde estará
permitido vender tabaco y será posible habilitar zonas para fumar. De igual
manera podrán crearse espacios destinados a fumadores en locales de hostelería
de más de cien metros cuadrados y aeropuertos. Dichas áreas deberán señalizarse
con claridad y dispondrán de sistemas de ventilación independiente.
La batalla antitabaco no se libra sólo en suelo español. El problema del
tabaco ha sido tomado muy en serio por numerosos países. La Comisión Europea
recomienda cinco acciones que deberían estar presentes en cualquier programa
contra el tabaquismo: incremento de precio del tabaco mediante elevadas
imposiciones de tasas, establecer prohibiciones de la publicidad, restricción
del consumo en lugares de trabajo, informar al consumidor apropiadamente e
incluir avisos en los paquetes de productos derivados del tabaco.
Uno de los países que ya ha comprobado la efectividad de estas medidas es
Finlandia. El país nórdico implementó el Acta del Tabaco a partir de los años
70; esta ley prohibió el consumo de tabaco en los lugares públicos así como la
publicidad de derivados de esta planta. Actualmente, los finlandeses son los que
menos fuman de la UE y se ha observado una reducción de las enfermedades ligadas
al tabaco, como el cáncer de pulmón.
Decenas de miles de kilómetros más al Este, en el
pequeño reino de Bután, junto a la India, las medidas contra esta droga han
llegado hasta el punto de prohibir totalmente la venta de tabaco y la
posibilidad de fumar en público. Aspirar el humo de un cigarro se ha convertido
en este país asiático en una cuestión restringida al ámbito doméstico y la
adicción a la nicotina se ha transformado en lujo: si se desea importar tabaco,
el impuesto que ha de pagarse será del 100%. (Yahoo.news)